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En comparación a la deportación, la salida voluntaria permite salir de los Estados Unidos con menores repercusiones negativas. Aunque no siempre está disponible, esta opción migratoria puede ser útil para aquellos que se encuentren ilegalmente en el país.


De cualquier manera, si usted se encuentra en un proceso de deportación, nuestros abogados de inmigración especialistas en deportaciones podrán ayudarlo. Con más de 50 años de experiencia combinada, nuestros profesionales lucharán por usted. Llámenos hoy mismo, pues el tiempo es un factor determinante cuando se trata de una expulsión.

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¿Qué es la salida voluntaria de Estados Unidos?

La salida voluntaria es básicamente eso, salir voluntariamente de Estados Unidos usando su propio dinero. Por lo general, este recurso migratorio suele ser usado por los extranjeros cuando el Departamento de Seguridad Nacional de EE. UU. (DHS) quiere expulsarlos.

Si bien, la salida voluntaria posibilita que un extranjero abandone los Estados Unidos en una fecha preestablecida, no hacerlo podría traer consecuencias. Por ejemplo, multas y/o la deportación. No obstante, la principal ventaja de salir voluntariamente es que no se le prohibirá regresar a Estados Unidos de nuevo.

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A pesar de existir este alivio migratorio, no todos reúnen los requisitos para solicitarlo. Por ende, invitamos a todos los inmigrantes a evitar las consecuencias de quedarse ilegal en USA, ya que podrían afectar su elegibilidad para legalizarse posteriormente. 

¿Qué beneficios tiene una salida voluntaria de Estados Unidos?

Uno de los mayores beneficios que tiene la salida voluntaria en Estados Unidos es que no queda un registro de deportación en los antecedentes. Esto abre la posibilidad para que un inmigrante indocumentado pueda solicitar un regreso legal al país en el futuro.

Otras ventajas incluyen:

  • Posibilidad de regresar legalmente a EE. UU,
  • Ser elegible para solicitar una visa en el futuro,
  • Poder recibir una solicitud de residencia permanente por algún familiar. Por ejemplo, una petición de hijos ciudadanos a padres.

Si usted busca más información sobre esto último, puede consultar nuestros artículos de petición familiar, donde respondemos temas como: 

Desventajas de la salida voluntaria

Por otro lado, la desventaja radica en que, al elegir la salida voluntaria, usted debe renunciar al derecho de:

  1. Apelar, o 
  2. Interponer cualquier recurso legal contra la orden de salida. 

Por si fuera poco, es posible que requiera pagar ciertas fianzas de inmigración y cumplir con otros criterios específicos. Esto será más que todo si espera hasta el final del proceso de deportación y solicita la salida voluntaria. 

Nuestros abogados de inmigración en Los Ángeles pueden colaborar con las autoridades gubernamentales para determinar si usted cumple con estos requisitos. 

Si usted está por apelar un caso migratorio, le invitamos a leer nuestra publicación: “Se puede pagar una apelación de inmigración” para que conozca en detalle este tema.

¿Cómo solicitar una salida voluntaria de Estados Unidos?

No existe un formulario específico para solicitar la salida voluntaria, pero debe informarle al juez su deseo de hacerlo. Es fundamental buscar asesoría legal durante este proceso, pues la salida voluntaria exige la recopilación de diversos documentos, tales como:

qué es la salida voluntaria
  • Cartas de apoyo de familiares, amigos, empleadores, etc. Dichas cartas deben confirmar su buena conducta cívica (con traducciones al inglés y certificados de traducción). 
  • Pruebas de relación con ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales. Por ejemplo, actas de nacimiento, copias de tarjetas de residencia, y certificados de matrimonio.
  • Certificados de clases completadas.
  • Evidencia de sustento familiar.
  • Documentación de empleo.
  • Facturas de servicios públicos.
  • Estados de cuenta bancarios, y 
  • Pruebas de que tiene recursos suficientes para su salida. 

Además, también le pueden exigir copias de su pasaporte o documentos de viaje. Cabe destacar que de aprobarse, posiblemente también deberá pagar la fianza.

¿Cuánto tiempo tarda la salida voluntaria de Estados Unidos?

Con frecuencia, al aprobarse la solicitud para salir voluntariamente, el juez especificará un lapso de tiempo entre 60 a 120 días para salir de EE. UU. De no hacerlo, enfrentará graves consecuencias migratorias.

Nota: El código 8 U.S. Code § 1229c establece que el permiso para salir voluntariamente solo será válido hasta los 120 días.

Requisitos para solicitar una salida voluntaria de Estados Unidos

La salida voluntaria estará disponible una vez que se haya cumplido con los siguientes criterios:

  • Estar físicamente presente en los Estados Unidos durante al menos un año antes de recibir el Aviso de Comparecencia.
  • Durante al menos 5 años previos a la solicitud de salida voluntaria, se tuvo un buen carácter moral. Esto según el código 8 CFR § 316.10.
  • No ser deportable debido a un delito grave o de terrorismo.
  • Establecer de forma clara y convincente la capacidad de salir por cuenta propia del país. Además, de tener la intención de hacerlo.
  • Tener la capacidad financiera para pagar una fianza por un monto determinado por un juez de inmigración. Esto será dentro de los 5 días posteriores a la orden.

¿Quién no califica para la salida voluntaria?

Usted no reúne los requisitos para la salida voluntaria si:

  1. Ha sido condenado por un delito agravado, o 
  2. Se le considera deportable por razones de seguridad nacional en virtud al código 42 U.S. Code § 234.

¿Qué se considera un delito con agravante?

Muchos delitos, incluyendo los delitos menores, pueden considerarse agravantes según las leyes de inmigración. Esto es independientemente de su clasificación en el sistema penal estatal. 

Asimismo, la elegibilidad para la salida voluntaria puede verse afectada si se han cometido delitos considerados agravantes. Estos son enumerados en la sección 101(a)(43) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Algunos delitos considerados como delitos agravados incluyen:

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  • Delitos relacionados con el tráfico de drogas, tráfico de armas o artefactos explosivos.
  • Delitos que resultaron en una sentencia de un año o más, como:
    • Hurto.
    • Delitos con violencia. 
    • Fraude en documentos.
    • Obstrucción a la justicia.
    • Perjurio.
    • Soborno de testigos.
    • Soborno mercantil.
    • Falsificación.
    • Tráfico de vehículos robados.
  • Delitos relacionados con los juegos de azar.
  • Violación, abuso sexual de un menor, delito de contrabando de extranjeros, fraude o evasión de impuestos.
  • Lavado de dinero.

Tipos de salida voluntaria de Estados Unidos

Existen 3 tipos de salidas voluntarias de EE. UU, estas son:

  1. Salida voluntaria previa a la audiencia: Esta se realiza de manera discrecional donde el juez se la otorga al extranjero si cumple con ciertos criterios. Por ejemplo, solicitó la salida voluntaria antes o durante la audiencia preliminar de inmigración o no solicitó ningún otro alivio migratorio.
  2. Salida voluntaria por estipulación: Esta solo estará disponible antes de que se finalice la audiencia final si el extranjero y DHS lo aceptan. En virtud al código 8 CFR § 1240.26, las partes podrán acordar un lapso de hasta 120 días. 
  3. Salida voluntaria posterior a la conclusión: Solo está disponible cuando culmina la audiencia de deportación. Además, el extranjero debe reunir todos los requisitos necesarios para tal permiso. 

¿Qué diferencia hay entre una deportación y una salida voluntaria?

  • La salida voluntaria es una elección personal, mientras que la deportación es una acción legal.
  • La salida voluntaria ofrece una opción para evitar consecuencias legales y penales, aunque pueden existir otras restricciones migratorias. En contraste, con la deportación, el individuo puede enfrentar dificultades para obtener visas o permisos de ingreso a Estados Unidos.
  • Al ser deportado, automáticamente se le prohibirá al inmigrante regresar a EE. UU. de forma temporal o permanente. Sin embargo, al salir voluntariamente, no se impondrá automáticamente esto.
  • Por lo general, la deportación está sujeta a plazos legales y suelen implicar la detención, mientras que la salida voluntaria es más flexible. 

Estos procesos son diferentes en el contexto de inmigración, pues uno evita las consecuencias legales y penales. Por otro lado, la otra parte lleva a ciertas sanciones y castigos impuestos por las leyes. 

¿Cuándo solicitar la salida voluntaria de Estados Unidos?

Usted puede solicitar la salida voluntaria ya sea antes o al culminar la audiencia preliminar de inmigración. Pero para ello, debe haber cumplido con los requerimientos necesarios. Estos requisitos son:

cuando solicitar la salida voluntaria

Antes de concluir la audiencia

  • Renuncia o retira cualquier solicitud de alivio migratorio.
  • Acepta ser removido.
  • Renuncia a apelar el caso migratorio.
  • No ha sido condenado por algún delito grave ni representa un riesgo para la seguridad estadounidense.
  • Demuestra que tiene la capacidad financiera para irse del país.

Después de la audiencia

  • Evidencia su presencia física durante un año antes de emitirse el aviso de comparecencia.
  • Paga la fianza de inmigración.
  • Demuestra que tuvo un buen carácter moral durante 5 años previos a la solicitud.
  • Demuestra que cuenta con fondos suficientes para irse del país.
  • Proporciona su pasaporte vigente u otro documento de viaje al DHS (si aplica).

Formas en las que puede terminar automáticamente una orden de salida voluntaria de Estados Unidos

Existen tres circunstancias en las que una orden de salida voluntaria puede terminar de manera automática:

  1. Si usted solicita la revisión de la decisión por parte del juez y abandona el país. Esto debe hacerse dentro de los 30 días posteriores a la solicitud y demostrar evidencia de su marcha. Por lo general, a esto se le considera una salida voluntaria más que una repatriación.
  2. Si decide reabrir su caso y no se pausa ni extiende el plazo para abandonar el país después de ser otorgada la orden de salida.
  3. Usted no deposita la fianza. No obstante, se puede cambiar una orden de repatriación a una de salida voluntaria si abandona el país en 25 días. Pero para ello, debe acordar mantenerse fuera y proporcionar la evidencia de su salida.

¿Qué es el formulario I-94?

El Formulario I-94 es un registro de entrada y salida para los extranjeros en Estados Unidos. Tal forma demuestra la entrada legal y la duración autorizada de estadía. 

Asimismo, es esencial conservar el I-94, ya que perderlo puede tener consecuencias graves. Afortunadamente, se puede obtener una copia a través del sitio web DHS mediante el Formulario I-102

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Cabe destacar que permanecer en el país después de la fecha de vencimiento del I-94 se considera ilegal. Como resultado, usted puede volverse inadmisible o tener dificultades para obtener alguno de los diferentes tipos de visas americanas.

¿Qué consecuencias hay por salir de los Estados Unidos con la salida voluntaria?

A continuación, vamos a dar respuestas a varias consecuencias de salir de EE. UU. a través de este método:

Salir voluntariamente después de vivir en los Estados Unidos sin estatus migratorio por más de 180 días pero menos de un año

  • No podrá regresar a los Estados Unidos durante 3 años.
  • Es necesario haber permanecido dentro del país de manera continua por más de 180 días (6 meses), pero menos de un año.
  • Su salida debe ocurrir antes de recibir una Notificación de Comparecencia,.

Usted puede solicitar una excepción. No obstante, debe demostrar que un pariente inmediato ciudadano o residente permanente legal sufriría «dificultades extremas» si se le impide regresar antes de 3 años. Conozca más sobre los tipos de perdones migratorios en nuestro blog.

Salir voluntariamente después de vivir en los Estados Unidos sin estatus migratorio durante un año o más

  • No podrá regresar a los Estados Unidos por 10 años.
  • Esta salida puede ocurrir antes o durante los procedimientos de remoción.
  • Es necesario haber vivido de manera continua en los Estados Unidos durante un año o más.
  • No obstante, podría calificar para la exención de «dificultades extremas» explicada anteriormente.

Reingresar ilegalmente a los Estados Unidos después haber solicitado la salida voluntaria

  • Podría enfrentar una pena de 1 a 20 años de cárcel (dependiendo de sus antecedentes penales). Además, le podrían prohibir el ingreso a los Estados Unidos por 10 años, a menos que DHS le otorgue una aprobación para reingresar.
  • Es posible que también reciba una penalidad de 2 años más una multa de $1,000.

No salir antes de la fecha establecida

Preguntas frecuentes sobre la salida voluntaria de Estados Unidos

¿Qué pasa si no abandono el país?

Si usted no abandona el país según los términos de la salida voluntaria, entonces enfrentará consecuencias significativas. Esta opción se convertirá en una orden de deportación formal, ejecutada por un juez de inmigración, conllevando una prohibición de reingreso por 10 años. Conozca qué más puede sucederle en: “Entré con visa de trabajo y me quedé”.

¿Debo pagar para abandonar el país a tiempo?

Los inmigrantes que planean abandonar el país deben demostrar que pueden hacerlo por sus propios medios. Por ello, en ocasiones, se les exige realizar un pago de al menos $500 como parte de la solicitud de salida voluntaria. 

¿La salida voluntaria se considera como una deportación?

No. Optar por la salida voluntaria es una alternativa a la deportación, permitiendo a los extranjeros salir voluntariamente en un período establecido. Dicho esto, se puede recurrir a la salida voluntaria si usted está por ser deportado, y si aplica a ello.

¿Puedo volver a EE. UU. después de la salida voluntaria?

Sí, podría solicitar un visado para ingresar legalmente a los Estados Unidos después de cumplir con el período de espera correspondiente.

Abogados de inmigración en Los Ángeles especialistas en la salida voluntaria de Estados Unidos

La salida voluntaria es un proceso complejo y sensible al tiempo. Por tanto, es esencial entender los requisitos y las posibles consecuencias de no cumplirlos.

Dicho esto, considere la posibilidad de consultar con un abogado de inmigración de primera categoría como los nuestros. Esto será para asegurar sus derechos y mejorar su oportunidad de éxito. 

Los abogados de Lluis Law en California pueden proporcionarle consejos útiles, responder a sus preguntas y ayudarle a navegar por el proceso. También le ayudarán a garantizar que su solicitud se presente correctamente. Póngase en contacto con Lluis Law hoy mismo para discutir sus opciones.

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