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Los inmigrantes que enfrentan un proceso de deportación pueden optar por la salida voluntaria de Estados Unidos. Igualmente, los extranjeros al momento de ser arrestados por oficiales del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE).


Los abogados de inmigración en Los Ángeles de Lluis Law pueden guiarlo durante todo este proceso. Llame ahora y reserve una cita con nosotros para explicarle sus opciones y cómo la Ley de Inmigración puede ayudarle.

Qué es una salida voluntaria de Estados Unidos

Es, básicamente, un acuerdo entre el gobierno de los EE.UU y el migrante ilegal para que abandone el país. El extranjero debe hacerlo en el plazo establecido y correr con sus gastos de salida. A cambio no se emite una orden de deportación en su contra.

La partida voluntaria, como su nombre lo indica, es un recurso que puede utilizar el inmigrante ilegal en última instancia. Cuando el proceso de deportación es inminente, el extranjero tiene la oportunidad de dejar el país por su cuenta.

Al asumir el compromiso con las autoridades de inmigración de abandonar EE.UU, el extranjero lo hace por sus propios medios. Es decir, paga su pasaje de vuelta al país de origen y todos los gastos que conlleva el proceso de salida.

Sin embargo, antes de decidir hacerlo, es aconsejable hablar con un abogado de inmigración experto. Él podrá decirle si hay algún alivio migratorio disponible que le permita quedarse como:

¿Cuándo se debe solicitar la salida voluntaria?

Hay cuatro situaciones o momentos en los que es factible pedir este permiso migratorio: 

  • Antes de que inicie el proceso de deportación.
  • Al comenzar el procedimiento de deportación.
  • Durante el proceso de deportación.
  • Al final del proceso de deportación, pero antes de que se dicte la orden oficialmente.
qué es la salida voluntaria

Requisitos para obtener la salida voluntaria de Estados Unidos

La solicitud de salida voluntaria se debe hacer expresamente al juez de inmigración o al Departamento de Seguridad Nacional (DHS). Si lo hace ante un juez, puede hacer la petición el mismo día de la audiencia. 

Para solicitar este permiso la persona debe cumplir ciertos requisitos de elegibilidad: 

  • Poseer un historial delictivo sin condenas por actividades terroristas ni crímenes graves agravados. Por ejemplo, violación, asesinato, tráfico de drogas, estafa o evasión de impuestos. 
  • Demostrar la posesión de recursos financieros suficientes para sufragar los gastos de viaje.
  • Tener un pasaporte válido vigente.
  • Pagar una fianza de salida voluntaria de $500.
  • Haber permanecido de manera continua en EE.UU al menos un año. Solamente si la petición se realiza al final del proceso.
  • Haber tenido buena conducta moral en los últimos 5 años (igualmente si la petición la hace al final del proceso). 

Para cumplir este último requisito, necesitará cartas de recomendación de familiares, amigos, compañeros de trabajo y miembros de la comunidad.

El trámite del permiso de migración voluntaria no requiere llenar ningún formulario, según lo indica el Departamento de Justicia

Documentación de apoyo para solicitar la salida voluntaria

Con la ayuda de su abogado debe preparar un paquete contentivo de documentos para presentarlos en la Corte. Tales documentos deben ser presentados de forma ordenada: 

Prueba A: Vínculos con familiares y amigos en EE.UU:

  • Cartas de hermanos, primos, tíos, compañeros de trabajo y vecinos. 
  • Fotografías y videos.
  • Documentos de identificación (certificados de nacimiento de hijos, certificado de matrimonio, etc). 

Prueba B: Residencia en los EE.UU:

  • Evidencia de pagos al casero.
  • Pago de impuestos. 
  • Cartas de trabajo. 

Prueba C: Pruebas de privación de libertad si está detenido y en proceso de deportación. 

Prueba D: Pruebas de servicio y aportes a la comunidad:

  • Cartas de asociaciones comunitarias, clubes, gremios y de la iglesia a la que asiste.
  • Diplomas de reconocimiento recibidos.

Prueba E: Evidencia de rehabilitación para quienes poseen antecedentes penales:

  • Certificados de centros de rehabilitación de alcohol o drogas.
  • Certificados y diplomas de inglés y otros cursos, títulos académicos.
  • Evidencia de que es elegible para solicitar una visa de inmigrante y el ajuste de estatus en el futuro. 

Se recomienda hacer dos fotocopias del paquete que presente. El original se consigna en el tribunal, una de las copias es para el fiscal y la otra para el solicitante.

El paquete del juez debe decir expresamente To the Immigration Court “A la corte de inmigración”. Mientras que el sobre con la copia para el fiscal debe llevar la inscripción To ICE Litigation “A litigio de ICE”.

¿Qué factores toma en cuenta el juez para conceder este permiso?

El juez de inmigración considerará entre otros elementos:

  • El historial migratorio del solicitante.
  • Los antecedentes penales.
  • Tiempo de permanencia en los EE.UU.
  • Vínculos familiares y arraigo social en los EE.UU.
  • Parentesco con ciudadanos o residentes permanentes.
  • Factores de carácter humanitario (perseguido o torturado en su país de origen).

¿Cuál es el plazo para cumplir con la salida voluntaria?

Después que el DHS recibe la solicitud, el migrante tiene 120 días para abandonar el país. 

Diferencia entre la salida voluntaria y la deportación

Fundamentalmente, la diferencia está en la forma como el inmigrante ilegal sale de EE.UU. La deportación o expulsión es el abandono por la fuerza del territorio estadounidense ordenado por un juez de inmigración.

En cambio, la salida voluntaria de Estados Unidos tiene lugar cuando es el propio extranjero quien solicita permiso para irse del país. 

Por diversas razones y cuando no hay otra opción, la salida voluntaria es mejor por diversas razones. Aunque, tanto la deportación como la salida voluntaria limitan la capacidad del extranjero para regresar a los EE.UU.

¿Todos los extranjeros con presencia ilegal pueden pedir la salida voluntaria?

No siempre. Cuando la persona ha sido acusada de un delito penal y el juez acepta los cargos, no es elegible si:

  • Ha sido procesado por un delito grave con agravante.
  • Es acusado bajo un cargo de “extranjero recién llegado” (arriving alien).
  • Anteriormente fue beneficiado con una salida voluntaria concedida por un juez de inmigración.
  • Ingresó con el programa de exención de visa (VWP).

¿Quién paga los gastos de salida de EE.UU?

Todos los solicitantes de salida voluntaria de Estados Unidos deben costear sus gastos de regreso al país de origen. La administración federal no cubre ningún gasto relacionado con el viaje, como si lo hace en un proceso de deportación.

¿Cómo solicitar la salida voluntaria ante el DHS?

El Departamento de Seguridad Nacional permite a los extranjeros indocumentados que viven en EE.UU salir voluntariamente del país. La salida debe hacerse antes de una fecha específica establecida por el DHS.

Para comprobar que ha salido de EE.UU voluntariamente, el interesado debe acudir a la embajada de EE.UU en su país. Una vez allí, un oficial le entregará el formulario “Verificación de Salida” (G-146 o I-210).

Para solicitar una cita a la embajada o consulado de su país, debe acceder al Sistema de Citas del Departamento de Estado. Al ingresar elija la opción “Request notarial and other services not listed above”.

Documentación que debe presentar en día de la cita en la embajada / consulado

  • Formulario G-146 o I-210 en original proporcionado por DHS.
  • Cualquier otro documento que acredite su salida voluntaria: fianza migratoria, permiso de la corte. 
  • Documentos de identificación en original con foto: pasaporte o licencia de conducir de su país, entre otros.
  • Comprobantes de salida de EEUU: tiquetes de autobús o pases de abordar en original, recibos de gasolina, etc.

Ventajas y desventajas de la salida voluntaria

  • Su principal beneficio es que elimina la deportación del historial del inmigrante, aunque no la permanencia sin papeles.
  • En el futuro la persona podría solicitar nuevamente su reingreso legal al país. 
  • La desventaja es que quienes piden la salida voluntaria renuncian al derecho de apelación de inmigración o cualquier otro recurso.
  • Los extranjeros que solicitan la salida voluntaria al final del proceso de deportación, probablemente necesiten pagar una fianza. Además de cumplir con otros criterios de aplicación.

Antes de tomar esta decisión, mejor consulte con su abogado de inmigración. Recuerde que la salida voluntaria de Estados Unidos es el último recurso a ser utilizado cuando todos los demás fallan.

Consecuencias de ser arrestado y deportado al llegar a EE.UU

Todo depende de cuándo y cómo fue arrestado en Estados Unidos. Es decir, si el arresto se produjo al ingresar al país o fue después de estar presente en el territorio estadounidense. 

Si el arresto se produce en cualquier puerto de entrada terrestre, aéreo o marítimo y luego es expulsado del país, la ley establece diferentes tipos de sanciones.

Actualmente, incluso, el ICE está facultado por la ley para hacer deportaciones inmediatas de extranjeros sin necesidad de un juicio. 

Los castigos por violaciones a la Ley de Inmigración son los siguientes:

  • Si es la primera vez, la sanción es por 5 años. 
  • Si es reincidente (segunda expulsión), no podrá regresar durante 20 años.
  • Si es condenado por un delito grave con agravantes, la prohibición de regreso es de por vida.

A menos que el extranjero obtenga un perdón de inmigración y DHS autorice su regreso al país.

Consecuencias de ser arrestado y deportado estando en EE.UU.

Si el arresto se da después que el inmigrante está ya en EE.UU y luego es expulsado, hay otras sanciones:

  • Primera expulsión: prohibición de regresar durante 10 años.
  • Segunda expulsión: prohibición de regresar por 20 años.
  • Si fue condenado por un delito grave con agravantes: prohibición de regresar para siempre.

Consecuencias de la salida voluntaria de EE.UU después de haber permanecido ilegalmente 

Los extranjeros recibirán una sanción por 3 años de prohibición de regresar a EE.UU si:

  • Han vivido ilegalmente en los EE. UU. durante más de 180 días, pero menos de un año; 
  • DHS autoriza la salida voluntaria o el extranjero decide marcharse por su cuenta; o
  • La salida voluntaria se produce antes de recibir el «Aviso de comparecencia» del tribunal de inmigración. 

Pero si estas personas reciben una baja voluntaria emitida por el juez de inmigración la sanción no se aplica.

Las personas que salen voluntariamente del país y cumplen con las sanciones de los 3 o 10 años pueden luego solicitar nuevamente su ingreso a EE.UU. El procedimiento para hacerlo es a través de un recurso llamado Advance parole

Consecuencias de salir voluntariamente de EE.UU después de haber permanecido ilegalmente más de un año

Se impone el castigo de los diez años cuando el extranjero:  

  • Solicita al DHS o al el Juez de inmigración un permiso de salida voluntaria y es concedido; y
  • La salida del país tiene lugar antes de ser colocado en un procedimiento de deportación.

¿Cuándo una orden de salida voluntaria se termina automáticamente?

La revocación automática de este permiso migratorio puede producirse en tres situaciones específicas:

  • El solicitante o su abogado presentan una apelación de inmigración para que se revise una decisión judicial dictada por un juez de inmigración. 
  • El solicitante presenta una moción para reabrir su caso. Aunque este recurso migratorio no detiene el plazo fijado al inmigrante para abandonar el país.
  • El solicitante no paga la fianza de inmigración. Sin embargo, el extranjero puede lograr que la orden de repatriación dictada se cambie por una salida voluntaria. 

Para ello, debe acordar salir del país en 25 días y comprometerse a no volver. Adicionalmente, deberá proporcionar evidencia de la salida y demostrar que no ha regresado al país.

Cuando la persona abandona EE.UU en un plazo de 30 días después de solicitar el permiso y demuestra que se marchó, por lo general se considera también una salida voluntaria y no una repatriación o expulsión.

deportación frente a salida voluntaria

¿Cómo es el procedimiento en la Corte?

Durante la audiencia preliminar (Master Calendar Hearing), el migrante puede solicitar la salida voluntaria. 

Es probable que después de escuchar los argumentos y evaluar la evidencia, el juez decida en ese mismo acto. Siempre y cuando el fiscal no se oponga a la solicitud.

De lo contrario, el juez deberá evaluar los argumentos del fiscal y negar o conceder la petición. Para que el juez deniegue la solicitud no requiere que el migrante haya cometido un delito con agravante.

Una acumulación de delitos en los antecedentes penales podría ser suficiente para negar la petición.

Cuando se presenta esta situación en la Corte el juez pregunta al migrante:

  • Si acepta que la deportación tenga lugar ese mismo día; o
  • Si desea que se le conceda una “audiencia para refutar” donde pueda presentar sus alegatos y pruebas en contrario.

Cuando elige la segunda opción, el migrante permanecerá detenido hasta la nueva audiencia. En cambio si elige la primera opción, acepta que no puede pedir nuevamente la salida voluntaria de EE.UU. Allí concluye el caso.  

Consejos útiles para la comparecencia ante el juez

  • Prepare con la ayuda de su abogado un testimonio creíble y sincero.
  • Durante la audiencia, explique detalladamente por qué merece obtener el permiso. 
  • Hable sobre sus antecedentes penales francamente, no se ponga a la defensiva. Las condenas recibidas son parte de los elementos del proceso de deportación. 
  • Manifestar deseos de redimirse por los errores cometidos puede ayudar a obtener una decisión favorable. 
  • Cuando hable sobre usted y su familia, hágalo de corazón. Antes de ir a la corte prepárese escribiendo, repasando y recitando su testimonio.
  • Escriba una lista de sus virtudes como persona, las cosas buenas que ha realizado por su familia o comunidad.  
  • Lleve a la audiencia las anotaciones de modo que no olvide mencionar todo aquello que considere importante.
  • Cuando se levante a hablar durante la audiencia, hágalo con calma. Piense bien cada palabra y recuerde que mientras más creíble sea su testimonio, mayor probabilidad tiene de recibir el permiso.  
  • Si necesita tomar un descanso para repasar sus anotaciones, pídalo al juez.

¿Qué pasa si el migrante incumple con la salida voluntaria?

Incumplir el compromiso de salir de EE.UU en la fecha estipulada por el juez de inmigración, acarrea nuevas sanciones:

  • Orden de deportación inmediata.
  • Multa de hasta $5000.
  • Prohibición para recibir beneficios migratorios durante 10 años.

Estas sanciones serán ordenadas por el juez, independientemente de que no haya sido su culpa no haber salido de EE.UU.

¿Los inmigrantes casados con hijos y muchos años viviendo en EE.UU también pueden ser expulsados?

Sí. Aunque el cónyuge y los hijos sean ciudadanos estadounidenses, el inmigrante puede ser deportado. A los únicos que la legislación impide expulsar es a los ciudadanos de EE.UU.

¿Se puede evitar la deportación y no permanecer detenido durante el proceso?

Los migrantes que cuentan con un abogado de inmigración experto tienen una mayor probabilidad de lograrlo. 

Las personas que son elegibles para los diversos alivios migratorios existentes -mencionados anteriormente- pueden intentarlo. Además puede salir de prisión bajo fianza para continuar peleando el caso en libertad condicional.

Por ejemplo, las peticiones de familia en USA son especialmente útiles en estas circunstancias. Nuestros abogados de inmigración han logrado evitar la deportación de cientos de inmigrantes hispanos y de otras nacionalidades. 

Un recurso particularmente útil en este caso es la fianza de inmigración (Voluntary Departure Bond).


Si necesita aclarar más dudas sobre la salida voluntaria de Estados Unidos, contáctenos ahora mismo. Nuestros abogados están disponibles para defenderlo y obtener el mejor resultado para usted y su familia.