En este artículo encontrará toda la información actualizada sobre la visa de tripulante tipo D para los Estados Unidos y cómo solicitarla hoy en día.
Todos los extranjeros necesitarán un tipo de visado para ingresar a EE. UU. incluido los pilotos de barcos y aviones. Si usted o un familiar necesitan solicitar cualquier tipo de visa, los abogados de inmigración en Los Ángeles del bufete Lluis Law podrán ayudarlo. Llámenos para programar una consulta privada.
LATINOS CON 50 AÑOS DE EXPERIENCIA
Cuéntenos Su Caso
Índice de Contenidos
Lo que debe saber sobre la visa de tripulante para Estados Unidos en 2025
Entre los diferentes tipos de visas americanas encontramos la visa de tripulante tipo D de no-inmigrante exclusiva para los tripulantes de aeronaves o barcos que necesitan transitar temporalmente por EE. UU.
La visa tipo D está creada para los pilotos, copilotos y demás auxiliares de vuelo, al igual que azafatas y sobrecargos. Al ser otorgada la visa D, recibirá la visa D-1 para entrar a EE. UU. y se le expedirá una visa D-2 si planea partir con una embarcación distinta a la que llegó.

Los tripulantes de barcos y aviones en algunos casos pueden necesitar solo una visa D. Pero hay ocasiones en las que por razones de trabajo también podrían requerir una visa de tránsito a EE. UU. tipo C-1. En estos casos es mejor solicitar una visa combinada C1/D que incluye ambos beneficios.
¿Qué significa visa de tripulante?
Como su nombre indica, la visa de tripulante sirve exclusivamente para el personal a bordo de buques y aeronaves. También abarca a médicos y enfermeras, cocineros, meseros, personal de limpieza, mantenimiento, barmans, personal de entretenimiento y otros.
Las visas D únicamente sirven para las personas que entran a EE. UU. con fines de trabajo. como tripulantes dentro de la nave. Si llega a solicitar una visa C1/D, entonces puede realizar un recorrido corto por la ciudad o área de trabajo.
Este tipo de visado tiene 2 categorías:
- Visa D-1. Es la misma visa D ya que no existe como tal una visa D sino el visado D-1 y D-2.
- Visa D-2. Sirve para los miembros de una tripulación que ingresan a EE. UU. y parten en un avión o barco diferente al que llegaron. Por lo general, las personas que parten en el mismo transporte en que llegaron necesitan solo la visa D-1.
Propósitos permitidos para la visa D
Para solicitar la visa D, el solicitante debe demostrar ser miembro de una tripulación y poseer un cargo de:
- Piloto o asistente de vuelo en un avión comercial.
- Capitán, marinero o maquinista en un barco.
- Aprendiz a bordo en un buque escuela.
- Socorrista, cocinero, estilista, mesero u otro personal que brinde servicios.
Propósitos no permitidos para la visa de tripulante D
Usted no puede calificar para una visa de tripulante tipo D si no cumple los criterios que le indicaremos a continuación, sin embargo, puede calificar para otras visas. Estos propósitos no permitidos son:
- Dique seco. Usted no calificará para una visa D si presta servicio en un buque en dique seco, pero es posible que pueda solicitar una visa B-1.
- Oficial de cabotaje. No calificará para reemplazar a un personal de un buque extranjero. Sin embargo, aunque no califique para esta visa, puede calificar para una B-1 de trabajo.
- Yate privado. Los miembros de la tripulación de una embarcación privada que navega por aguas de los Estados Unidos no calificarán para la visa de tripulante. Pero se puede aplicar para una visa B-1.
- Embarcación pesquera. Los miembros de una tripulación pesquera cuya base de operaciones está en EE. UU. pueden aplicar en algunos casos para una visa laboral H-2B.
- Plataforma Continental Exterior. Los miembros de la tripulación que permanecen en la Plataforma Continental Exterior podrán aplicar para la visa B-1 en lugar de la visa de tripulante tipo D.
Restricciones de la visa de tripulante
Usted tendrá una serie de restricciones o prohibiciones a tener en cuenta si posee una visa de tripulante. No podrá realizar lo siguiente:
- Actividades de pesca si la base de operaciones del barco o el puerto de origen se encuentran en los EE. UU.
- Trabajar en EE. UU.
- Obtener la Green Card.
- Tramitar un ajuste de estatus en EE.UU.
- Solicitar una extensión de su visa D.
Por último, también deberá desembarcar y partir del mismo puerto donde llegó.
¿Cómo solicitar la visa de tripulante tipo D?
Para solicitar la visa de tripulante tipo D para los Estados Unidos, deberá presentar los siguientes documentos:
- Pasaporte vigente.
- Una fotografía reciente.
- Solicitud electrónica de la visa a través del Formulario DS-160.
- Recibo de pago de la tarifa de visa por $160.
- Carta de trabajo que especifique el cargo que ocupa dentro de la tripulación.
- Documentación para tripulación de barco:
- Nombre del buque.
- Fecha y puerto de entrada y salida.
- Puesto de trabajo.
- Periodo de tiempo en que estará en EE. UU.
- Motivo del viaje.
- Nombre y dirección del agente local en EE. UU.
- Responsabilidad económica de la empresa mientras el solicitante esté en EE. UU.
- Documentación para tripulación aérea:
- Carta original por parte de la compañía aérea.
Preguntas frecuentes sobre la visa de tripulante tipo D

Recuerde que estas solo son preguntas comunes en nuestro bufete de abogados en Los Ángeles, si tiene más, no dude en contactar pues es la mejor forma de darle una atención personalizada.
¿Qué es una visa C-1/D?
La visa C-1/D es el nombre de la visa para una tripulación/tránsito. Normalmente es utilizada por los trabajadores de barcos o cruceros para transitar y embarcar en EE. UU. Es una visa temporal y no puede ser utilizada para trabajar legalmente en Estados Unidos en una empresa distinta a la indicada en la solicitud.
¿Me pueden negar la visa C-1/D?
Las visas C-1/D no siempre se conceden. Esto es debido a cuestiones de reciprocidad. Dependiendo de ciertas circunstancias, el oficial consular puede emitir las visas C-1 y D por separado en vez de unificada.
Para evitar estos escenarios, es recomendable contar con la ayuda de nuestros abogados que le permitan determinar sus mejores opciones a la hora de tramitar cualquier tipo de visas.
¿Qué tipo de visa necesitan los tripulantes de cabina?
La visa correcta para la tripulación de cabina de un avión comercial, es la visa de tránsito C-1/D. Esta visa es obligatoria para todos los miembros de la tripulación en aerolíneas y navieras internacionales. El visado C-1/D se otorga al personal de la tripulación para que pueda realizar legalmente sus actividades laborales.
¿Cuánto tiempo de vigencia tiene la visa de tripulante?
Las visas de tripulantes son para entradas múltiples y tienen una vigencia de 2 años. Después de expirar, tendrá que solicitar una nueva.
¿Los familiares pueden solicitar una visa de tripulante?
Los familiares o acompañantes de los miembros de tripulación que no formen parte del personal de servicio de la embarcación o aeronave, necesitarán tramitar una visa B-2 si viajarán a EE. UU. aunque sea como acompañamiento del tripulante.
Las personas que se benefician por el Programa de Exención de Visa (VWP) y posean un permiso ESTA, no necesitarán tramitar una visa B-2 para acompañar a miembros de tripulación, tampoco necesitarán la visa tipo D.
Tenga en cuenta que el programa ESTA solo está disponible para aquellas personas que entran en EE. UU. bajo una compañía transportista participante. La gran mayoría de las empresas transportistas marítimas no participan.
¿Necesito un abogado para tramitar la visa de tripulante tipo D?
Usted puede solicitar la visa de tripulante por cuenta propia. Sin embargo, si desea conocer con exactitud los requisitos, procesos o documentación requerida y evitar fallos para tramitar una visa de tripulante, es recomendable contar con la ayuda de un abogado.
Los abogados del bufete Lluis Law son especialistas en todo tipo de visas de inmigrante y no inmigrante, incluyendo las visas tipo D y las visas tipo C. Durante más de 40 años han ayudado a cientos de inmigrantes a solicitar y obtener la residencia americana por petición familiar.

Al mismo tiempo, siendo abogados de inmigración especialistas en deportaciones, toman casos complejos como la retención de expulsión y la cancelación de deportación. Es importante que cuente con la ayuda necesaria si tiene dudas o preocupaciones acerca de los diferentes tipos de visas estadounidense.
¿Qué puede hacer el bufete de Lluis Law por usted?
Si necesita ayuda para solicitar algún visado estadounidense, nuestros abogados de inmigración le ayudarán con mucho gusto. Contamos con personal especializado que le ayuda a completar los formularios y reunir la documentación necesaria.
Si desea nuestra ayuda, llámenos hoy mismo y programe una consulta personalizada con cualquier tipo de caso en el que necesite de asesoría legal.
LATINOS CON 50 AÑOS DE EXPERIENCIA
Cuéntenos Su Caso